Padrón de Importadores y sectorial

padrón de importadores

Si le interesa ampliar su negocio y desea importar a México, deberá considerar que uno de los principales requisitos que la Secretaría de Administración Tributaria (SAT) exige a cualquier persona física o moral que desee introducir mercancías en el país es la inscripción en el Padrón de Importadores.

Este registro fue creado con la finalidad de controlar las operaciones de comercio exterior en el país, ayudando al SAT a prevenir la evasión fiscal con la detección de fraudes aduaneros y contrabando.

¿Qué es el padrón de Importadores?

Es el documento que te sirve para importar mercancías al territorio nacional como persona física o moral, de acuerdo con tu giro.

Este tramite se realiza en línea en la pagina www.sat.gob.mx y los requisitos y documentos requeridos a la solicitud de inscripción son:

Documentos necesarios (Estos documentos no se anexan, se deben contar con ellos para tramitarlo)

*Estar inscrito y activo en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Original

*Estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales Original

*Registrar en el formato electrónico a los agentes aduanales que realizarán las operaciones de comercio exterior

*Contar con e.firma Original

*El domicilio fiscal y el contribuyente deben estar localizados o en proceso de verificación

*El estatus del Buzón Tributario, debe encontrarse como “Validado” Original

La respuesta al tramite se dará en máximo 10 días hábiles.

¿Quiénes deben registrarse?

Todos aquellos que deseen importar mercancías de forma definitiva a México deberán estar registrados en el Padrón de Importadores, por lo que el Reglamento de la Ley Aduanera considera que también se pueden inscribir personas morales no contribuyentes y personas físicas, siempre y cuando comprueben una actividad empresarial de acuerdo con lo previsto en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Padrón de Sectores Específicos

Padrón de importadores de sectores específicos:

Existe el padrón de sectores específicos el cual es una licencia que debe ser obtenida por contribuyentes que deseen importar mercancías listadas en el Anexo 10 de las RGCE.

Los sectores específicos a la importación son:

Productos químicos

Radiactivos y Nucleares,

Precursores Químicos y químicos esenciales,

Armas de fuego y sus partes, refacciones, accesorios y municiones,

Explosivos y material relacionado con explosivos,

Sustancias químicas, materiales para usos pirotécnicos y artificios relacionados con el empleo de explosivos,

Las demás armas y accesorios. Armas blancas y accesorios. Explosores,

Máquinas, aparatos, dispositivos y artefactos, relacionados con armas y otros,

Cigarros,

Calzado,

Textil y Confección,

Alcohol Etílico,

Hidrocarburos,

Siderúrgico,

Productos Siderúrgicos,

Automotriz.

La finalidad de que los contribuyentes obtengan un padrón de importación de sectores específicos, adicional a su padrón general de importación, es el que la autoridad pueda validar que el importador cumple con los requisitos, condiciones y funciones específicas de estos sectores que se consideran “vulnerables – especiales” por sus características.

¿Cómo te ayudamos?

En Soluciones a la importación contamos con Padrón de Importadores general y con padrón sectorial de calzado, de acero y textil, para poder apoyarte den tus operaciones de importación, estos padrones los rentamos a través de una Comercializadora para darte la facilidad de rentarlo en lugar de tramitarlo.

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