Importación Definitiva

se leen las palabras Importación Definitica, se ve un mundo formado por banderas de distintos países y operaciones de importación

Como mencionamos en nuestro artículo de Regímenes Aduaneros, todas las importaciones necesitan tener un régimen específico para saber el destino aduanero específico a una mercancía, en base a la declaración que el interesado presente. En esta ocasión hablaremos del régimen de importación definitiva que es el que se considera cuando las mercancías de procedencia extranjera tienen la finalidad de permanecer en el país por tiempo ilimitado y se realiza el procedimiento general de importación.

¿Qué es una Importación Definitiva?

Se entiende por este régimen la entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado.

 OBLIGACIONES

 La introducción de un bien a territorio nacional deberá efectuarse a través de una aduana, mediante un pedimento aduanal.

 En dicho pedimento deberá indicarse el régimen aduanero correspondiente

 El importador deberá asentar en el pedimento, ciertas claves para los campos correspondientes a:

 TIPO DE OPERACION: la clave IMP “Importación”

CLAVE DE PEDIMENTO: la clave IMD “Definitivo de importación”

REGIMEN: la clave A1 “Importación definitiva”

 Este tipo de importación implica el pago de las contribuciones y aprovechamientos al comercio exterior.

 Igualmente, deben cumplirse las restricciones y regulaciones no arancelarias, Normas oficiales mexicanas, y cualquier requisito de carácter administrativo y fiscal que las autoridades mexicanas dispongan.

 DERECHOS

 La mercancía puede permanecer en el país por tiempo ilimitado.

 Una vez en territorio nacional, el importador puede utilizar la mercancía como le convenga, sin limitación legal para su disposición o venta.

 Una vez efectuada la importación de manera definitiva de un bien, en caso de que éste sea defectuoso o distinto a lo convenido con el proveedor, se podrá retornar al extranjero sin el pago de impuesto general de exportación, siempre que se encuentre en el plazo de 3 meses (6 para maquinaria y equipo). El proveedor sustituirá dicho bien por uno apropiado, el cual deberá arribar al país en un plazo no mayor de 6 meses a partir del retorno previo, caso en el cual, no pagarán el impuesto general de importación a su ingreso por aduana, siempre que sea la misma tasa, pues de lo contrario el pago se ajustaría a la tasa correspondiente.

¿Cómo podemos ayudarte?

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